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Alcaldía de Valledupar / Nuestra Alcaldía / Dependencias / Secretaría de Tránsito y Transporte
​Objetivos

Proyectar, dirigir, implementar y controlar las políticas concernientes al área de su responsabilidad en materia de Tránsito y transporte en el municipio.

Funciones

  1. Establecer la formulación, dirección, desarrollo y ejecución de las políticas que en materia de Tránsito y Transportes, deba desarrollar el municipio para ejecutarlas de acuerdo a los lineamientos establecidos por el ejecutivo con base en las normas y leyes vigentes.
  2. Planear, dirigir, organizar, vigilar y controlar las actividades, planes, programas y proyectos de tránsito y transportes, transporte público, regulación del tránsito y educación vial en el municipio, cumplir y hacer cumplir las disposiciones y normas legales vigentes, velar por su estricto cumplimiento e imponer las sanciones a los contraventores.
  3. Dictar dentro del área de su competencia, los reglamentos de tránsito para la circulación de vehículos y peatones, indispensables para el cumplimiento de las normas superiores, conforme al Código Nacional de Tránsito Terrestre, artículo 9 del Decreto 135 de 1970, demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen, normas reglamentarias, acuerdos y disposiciones en materia transportadora.
  4. Determinar de acuerdo a las disposiciones vigentes las tarifas del servicio público de transporte urbano y suburbano de pasajeros y mixto.
  5. Efectuar seguimiento a las actividades e informes de  las interventorías externas y avances de las concesiones suscritas para la administración de servicios de tránsito, semaforización y señalización en el municipio.
  6. Otorgar, modificar, negar, revocar, cancelar y declarar nulas las licencias para el funcionamiento de empresas de transporte público, urbano y suburbano, de pasajeros y mixto.
  7. Aplicar las sanciones a las empresas de transporte público cuando violen las normas de tránsito vigentes, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia.
  8. Determinar las zonas de estacionamiento, zonas peatonales, ciclovías​, cargue y descargue, paraderos de vehículos de transporte colectivo urbano, zonas escolares y zonas de prohibido parqueo.
  9. Autorizar las constituciones de personas jurídicas prestantes del servicio de transporte público, urbano, de pasajeros y mixto. 
  10. Promover la educación  vial en el municipio para generar una cultura de respeto a las normas de tránsito a transportadores, conductores y peatones.
  11. Dirigir estudios técnicos para determinar alternativas viales, puentes, glorietas, capacidad vial y volúmenes de tráfico, etc. 
  12. Asesorar, proyectar, dirigir, coordinar y adelantar las investigaciones a las empresas prestadoras del servicio de transporte e imposición de las sanciones que  ameriten.
  13. Expedir normas para la reglamentación del funcionamiento de parqueaderos, talleres, zonas de cargue y descargue, estaciones de servicios. Restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos.
  14. Participar conjuntamente con las dependencias de la administración central competentes en la elaboración del Presupuesto Anual de la dependencia, articulándolo con los planes estratégicos y de acción establecidos.
  15. Conocer de las contravenciones de tránsito y transporte y aplicar las medidas preventivas  en los términos de ley.
  16. Llevar control y presentar informes sobre las actividades desarrolladas en el ejercicio de su profesión y su gestión en la dependencia, al alcalde, al concejo, entes de control, instancia o autoridad correspondiente, cuando se le requiera, en los términos y fechas establecidos a fin de facilitar el acceso a la información relacionada con sus actividades.
  17. Asistir por derecho propio al Concejo de Gobierno, o por delegación a juntas, comités, reuniones y demás actividades en que tenga representación el municipio en el área de su competencia.
  18. Contribuir con el diseño e implementación de un sistema de gestión de calidad, aplicarla como herramienta de gestión sistemática y transparente, evaluar los resultados de la ejecución y desarrollo de planes y programas de la dependencia y recomendar los ajustes o correctivos necesarios.
  19. Dirigir y controlar las actividades desarrolladas, supervisar el cumplimiento de las funciones asignadas a sus subalternos y evaluar el desempeño de los trabajadores a su cargo en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios, enfocados en la optimización, celeridad de los procesos, eficacia, eficiencia y productividad,  y en las expectativas de los usuarios que se benefician de la Administración Central Municipal.
  20. Las demás que en el marco de su objeto, se deriven de los planes, programas y proyectos a cargo de la dependencia y todas aquellas que le sean asignadas por ley, reglamento o por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza del cargo, área del desempeño, profesión del titular del cargo  y las necesidades del servicio.